SIMPLE LETRA MUERTA LA DIVISIÓN DE PODERES EN NAYARIT – Por: Jorge Aguayo –

SIMPLE LETRA MUERTA LA DIVISIÓN DE PODERES EN NAYARIT

Saludos estimados lectores. Por desgracia es muy obvio que en nuestro terruño querido no existe la división de poderes, ya que a cada momento queda de manifiesto que en nuestro cada vez mas atrasado estado solo impera la voluntad del ejecutivo estatal, y de ello podemos encontrar en el tiempo muchos ejemplos del avasallamiento de los poderes legislativo y judicial en Nayarit. Si no lo creen, hay les va una muestra, y se refiere al asunto de los policías municipales ex comisionados en la policía Nayarit, pues verán, dicen los que saben de estos menesteres, que es muy lamentable que el órgano encargado de impartir justicia con base en los principios de objetividad, independencia e imparcialidad sea una extensión del Gobierno del Estado, y lo peor, que se preste a justificar todo tipo de actuación política del Poder Ejecutivo sin sustento legal que lo permita.

Pues han de saber que el pasado 23 de abril de 2015, la sala constitucional-electoral del tribunal superior de justicia de Nayarit, a cargo del Magistrado Ismael González Parra, emitió el siguiente acuerdo: se concede a los actores LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO CON EFECTOS RESTITUTORIOS para el efecto de que las cosas se mantengan como hasta antes de la emisión de los actos impugnados, POR LO CUAL SE DEBERÁ DE REINCORPORAR A LOS ACTORES EN EL CARGO Y FUNCIONES QUE VENÍAN DESEMPEÑANDO. Toda vez que a juicio del suscrito Magistrado los promoventes tienen interés jurídico para instar el presente juicio y, en particular, de su escrito de demanda se advierte que el no conceder la suspensión solicitada puede causarles un daño inminente e irreparable a su pretensión, pues al efecto los promoventes señalan textualmente que “tiene por objeto preservar las contraprestaciones (salario y bonos: económico y de lealtad) que veníamos recibiendo. Aunado a lo anterior, en apariencia de buen derecho, del escrito de demanda se advierte y señalan que seguirán prestando el servicio público en materia de seguridad, SOLO QUE A TRAVÉS DEL GRUPO DE REACCIÓN DE LA POLICÍA NAYARIT. ¡JA! con Veytia sí, con Berecochea no. Habrase visto tanta falta de profesionalismo. Como que se les olvida que su patrón es el ayuntamiento y no la fiscalía.

Pero para para no hacer tan larga la perorata, solo les diré que los policías paristas arguyen en su defensa que en el convenio de colaboración y coordinación en materia de seguridad publica en el estado de Nayarit, en la CLAUSULA OCTAVA se señala que la vigencia seria por 36 meses, a efecto de desempeñarse como elementos de la policía Nayarit.

A que caray, pues que yo sepa EL CONVENIO DE CONFORMACIÓN DE MANDO ÚNICO QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL ESTADO CON EL MUNICIPIO DE TEPIC EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA, se firmó de conformidad EL DÍA 29 DE JUNIO DE 2013, el cual se publico en el periódico oficial “inexplicablemente” hasta EL SÁBADO 23 DE AGOSTO DE 2014. ¿Pero que creen? En su CLAUSULA OCTAVA dice: Manifiestan «las partes» que «el gobierno del estado», por conducto de la Fiscalía General del Estado, acepta todo lo que a él y por derecho le corresponde y adquirirá en el manejo exclusivamente operativo del personal de «el municipio» y dentro de las comisiones y los horarios de servicio, sin considerarse, por ningún motivo, como patrón directo de los mismos respecto a los derechos y prestaciones que pudieran ser reclamadas.

Ándele, esto quiere decir que la clausula octava que aducen los policías paristas solo existe en su mente, ya que aquí no se habla de que seria por 36 meses el desempeñarse como elementos de la policía Nayarit. Lo que significa que es una total mentira lo que arguyen los paristas. Pero eso no es todo, en este mismo convenio (el real) en la clausula DECIMA QUINTA dice: «LAS PARTES» convienen que lo relativo a la jornada de servicio de los elementos operativos adscritos actualmente a la Policía Preventiva Municipal, será acorde a las necesidades del servicio que requiera «EL GOBIERNO DEL ESTADO», y se determinará CONSIDERANDO LA CAPACIDAD PRESUPUESTAL DE «LOS MUNICIPIOS». Por lo que respecta a los días de descanso, permisos y licencias de los elementos, así como lo relativo al salario, vacaciones, aguinaldo y demás derechos y prestaciones, SERÁ ÚNICAMENTE «EL MUNICIPIO» QUIEN TENDRÁ LA FACULTAD DE DETERMINARLO.

DECIMA SEXTA. «LAS PARTES» acuerdan que, en lo relativo a la imposición de medidas disciplinarias a los elementos operativos, SERÁ LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE CADA INSTANCIA DE GOBIERNO QUIEN CONOCERÁ Y RESOLVERÁ LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE INSTAUREN A LOS ELEMENTOS OPERATIVOS RESPECTIVOS.

En simples palabras esto significa que, en lo referente al bono de “lealtad”, entre otras cosas, el ayuntamiento tiene la facultad de determinarlo dependiendo de su capacidad presupuestal ($$$). Además, quien tiene la ultima palabra en lo concerniente a la imposición de sanciones por abandono de empleo, rebeldía, etcétera, es la Comisión de Honor y Justicia y nadie más.

Clausulado que obviamente no vio el magistrado instructor a la hora de emitir su acuerdo. Total, me atrevo a decir que una vez más el Poder Judicial de Nayarit por conducto de su Sala Constitucional-Electoral ha emitido un acuerdo por demás polémico y fuera de todo marco legal, al ordenar en su acuerdo que los policías que apenas el 6 de abril anterior se reincorporaron a sus funciones como elementos de policía municipal, se regresen a la Policía Nayarit, ello, -según dicen- mientras se resuelve el juicio contencioso administrativo. Jajaja, ya llovió, pues todos sabemos su tardada impartición de justicia, por lo menos durará de 8 a 10 meses.

Ahora bien, es claro que la medida de regresar a los policías municipales a la fiscalía, ordenada a toda prisa por el magistrado Ismael González Parra, obedece a que le urgía notificar éste acuerdo desde el día jueves 23 de abril, por temor de que los policías fueran cesados de su encargo, pues han de saber que el órgano encargado de analizar la conducta de los elementos de policía, inició procedimiento administrativo Y DETERMINÓ LA BAJA DE LOS PARISTAS, ELLO CON ANTERIORIDAD A LA ORDEN DADA POR EL MAGISTRADO, además de que dicho procedimiento fue realizado por una autoridad no señalada como demandada en el juicio que presentaron los elementos de policía. ¿Como la ven mis estimados?, ¿existirá la división de poderes en Nayarit?

Ya para concluir con los comentarios del día de hoy, quisiera preguntar ¿si los policías ex comisionados en la policía Nayarit y hoy ex policías municipales (por estar ya dados de baja por la comisión de honor y justicia) en calidad de que fueron convocados por la fiscalía a tomar las armas para custodiar las fronteras del estado por los hechos violentos suscitados en Jalisco?, seria… ¿Cómo mercenarios? ¿Cómo guardias comunales?, ¿Cómo simples ciudadanos?, quien sabe, eso lo debe de contestar el gobierno estatal. Hasta la próxima mis amigos, nos seguiremos viendo.



Acerca del autor

Jorge Vargas
El Lic. Jorge Javier Vargas Lopez

Se el primero el comentar. en "SIMPLE LETRA MUERTA LA DIVISIÓN DE PODERES EN NAYARIT – Por: Jorge Aguayo –"

Deja un comentario

Tu e-mail no será publicado.


*


Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.